El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Fernando Muñoz, resolvió, en primera instancia, que el excontralor Pablo Celi es culpable de infracción electoral grave y lo multó con USD 20 000 y la pérdida de sus derechos políticos durante cuatro años.

La sentencia indica que Celi es responsable de incumplir el artículo 279, número 7, del Código de la Democracia. Esto se refiere a la autoridad o funcionario que interfiere en el funcionamiento de la Función Electoral.

Este caso se remonta al año 2020, cuando Vanessa Freire, de Fuerza Compromiso Social (FCS),movimiento que agrupaba al correísmo, denunció al entonces contralor Celi, quien emitió un examen especial que recomendaba al CNE dejar sin efecto la inscripción de los movimientos Fuerza Compromiso Social, Libertad es Pueblo, Podemos y Justicia Social, por hallarse presuntas inconsistencias en el proceso de calificación de firmas.

A criterio de Freire, eso significaba “arrogación de funciones e intromisión” en el proceso electoral que se iba a desarrollar en 2021.

No obstante, Celi presentó en 2020 una acción de dirimencia de competencia, ante la Corte Constitucional, y el caso se dilató durante tres años.

El caso recién se destrabó en febrero cuando los magistrados desecharon esa acción y con ello el juez Muñoz pudo continuar con su dictamen, emitido el 11 de marzo del 2024.

El fallo es de primera instancia y puede ser apelado en el Pleno del TCE.

En el ámbito penal, Pablo Celi fue sentenciado, en primera instancia, en febrero de 2023, a una pena de 13 años y cuatro meses de prisión por el delito de delincuencia organizada, en el caso Las Torres.

FUENTE: ECUAVISA

Por fausto

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