Cuatro de los cinco actuales vocales del Consejo Nacional Electoral (CNE) cumplen el periodo de seis años para el que fueron posesionados este 20 de noviembre de 2024. Ellos son Diana Atamaint, Enrique Pita, José Cabrera y Esthela Acero. ¿Deben prorrogarse en funciones? Hay criterios divididos y hasta alarmas de que la democracia está en riesgo, pues se avecinan las elecciones presidenciales 2025.

María Cristina Kronfle, consejera suplente del CNE, va en esta última línea, pues señala que los cuatro nombres mencionados tienen líneas políticas y buscan prorrogarse «para direccionar estas elecciones». La abogada explica que hay un pronunciamiento de Procuraduría el cual indica que deben reemplazar a los vocales titulares:

Los funcionarios de período fijo que forman parte del nivel jerárquico superior no pueden separarse del desempeño de su puesto, en la misma calidad que ostenten, hasta que sean legalmente reemplazados, siempre y cuando la ley no haya previsto a un servidor que lo reemplace o a pesar de estar previsto, este puesto se encontrare vacante o ya no existiere otro suplente.

Kronfle pide ponerle mucha atención a esta línea: «siempre y cuando la ley no haya previsto a un servidor que lo reemplace o a pesar de estar previsto, este puesto se encontrare vacante o ya no existiere otro suplente». Es decir, al haber los suplentes, ellos deberían reemplazar a los principales, quienes el 20 de noviembre culminan su periodo, ya que el 20 de noviembre de 2018 fueron posesionados en la Asamblea, tras pasar por un proceso de designación en el Cpccs-Transitorio.

Mientras que los suplentes fueron posesionados el 6 de febrero de 2019, por lo que su periodo termina el 6 de febrero de 2025, dice. Los consejeros alternos son: María Cristina Kronfle, Hugo León, Mónica Noriega y José Merino. Elena Nájera también fue posesionada en esa fecha, pero por la renuncia de Luis Verdesoto lo relevó. «Somos el reemplazo legal», dice Kronfle, aunque reconoce que no hay un precedente para hacer la transición que sostiene.

«No hay forma jurídica en que se puedan prorrogar. Su prórroga tiene una consecuencia letal no solamente para la democracia, sino para el procedimiento y el proceso electoral. Porque de los 16 candidatos, solo uno va a quedar contento. Los 15 restantes van a quedar disconformes con el resultado dado por personas que no pertenecen ya al CNE. Y ojo, ahí puede haber una simulación de funciones», explica.

Y agrega que incluso las elecciones pueden caer en nulidad. «La consecuencia de que ellos no se vayan podría también traer como cola la nulidad de un proceso electoral de tal trascendencia como es de Presidente y Asambleístas. Advierte que si no cumple con el relevo «activará» los recursos administrativos, jurisdiccionales, penales e internacionales que la ley le faculta.

Enrique Pita dice que deben prorrogarse

Por su parte, el consejero Enrique Pita señala que deben prorrogarse en funciones hasta que se designe a su reemplazo. Y se remite a la Ley Orgánica del Servicio Público, que dice: «En caso de que el procedimiento de selección para la designación de los funcionarios públicos reemplazantes no hubiere concluido oportunamente, debiendo el servidor que debió ser removido continuar en ejercicio de sus funciones hasta que concluya el proceso de selección y se posesione el servidor que resultare electo».

El criterio de dos juristas

¿Qué dicen los abogados? El abogado constitucionalista, José Chalco, explica que no cabe la prórroga para los vocales principales.

«La Constitución dispone que el ejercicio de funciones de los vocales del Consejo Nacional Electoral será de un periodo fijo: 6 años. La Ley especial que es el Código de la Democracia, no dispone una posibilidad de prórroga en sus funciones. Así, la norma general que es la LOSEP y su Reglamento, son taxativos, no cabe prórroga hasta designación de nuevas autoridades cuando existen suplentes que puedan ejercer el cargo. Este país requiere desde hace mucho un serio respeto a la institucionalidad, único camino para la honestidad y ejercicio responsable del derecho sin cálculos y sin pactos políticos que no miran al Estado».

Por otro lado, el docente y experto en materia electoral, Diego Zambrano, considera que los consejeros principales sí deben prorrogarse en funciones hasta que se nombre su reemplazo.

«Ellos tendrían que prorrogarse hasta ser legalmente reemplazados. Hay un pronunciamiento de la Procuraduría en ese sentido. (…) Principalizar a los suplentes no tiene ningún asidero jurídico porque los 10 consejeros, entre principales y suplentes, empezaron el periodo el mismo día, son fruto del mismo concurso».

Concursos para renovar el CNE van retrasados

La Constitución establece en su artículo 218 que dos vocales principales y dos suplentes del CNE deben ser renovados cada tres años. La primera renovación debió cumplirse hasta noviembre de 2021, pero no sucedió.

Ese proceso se quedó hasta la fase de méritos y la Comisión Ciudadana de Selección está reconformándose. Queda por delante todo el proceso de fase de oposición.

Mientras que el proceso para la renovación de los tres vocales restantes ni siquiera empieza.

FUENTE: ECUAVISA

Por fausto

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